jueves, 5 de mayo de 2011

La Concordia: Quieren remover a todo el Concejo


LA HORA SANTO DOMINGO

Un plazo de 10 días para que el alcalde de La Concordia, Wálter Ocampo, se defienda de las acusaciones que pesan sobre él. Lo mismo que los concejales de ese cantón.

Todos tienen detrás de sí un pedido de remoción solicitado por diferentes ciudadanos. Las razones también son diferentes y cada uno tiene argumentos para desestimar los pedidos.

El plazo de Ocampo correrá a partir del día en que la Comisión de Mesa califique si es válido o no el pedido. El de los concejales concluye el martes próximo.

Cada parte por su lado intenta demostrar que las quejas ciudadanas son infundadas. Pero eso únicamente demuestra la pugna política que se registra en el interior del Cabildo, donde los últimos meses el alcalde no ha contado con el apoyo de los concejales, ni siquiera de los de Alianza PAIS, movimiento por el que Ocampo llegó a la Alcaldía.

El Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad) determina la posibilidad de remover a los dignatarios de los gobiernos autónomos. Según el artículo 332 se necesitan de las dos terceras partes de los integrantes del órgano legislativo para ser removidos.

En el artículo 333 y 334 se determina que entre las causales de remoción del Ejecutivo se cuentan: incumplimiento de las leyes y resoluciones adoptadas, despilfarro de recursos, entre otros.

Los concejales

Por un lado, los ediles Grey Aguilar, Wálter Aguirre, Rosaura Bastidas, Byron García, Vicente Muñoz y Carmen Villegas son cuestionados por Sabrina Benalcázar, quien solicitó su remoción porque no trataron el Reglamento de Gestión Organizacional por Procesos, del Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón La Concordia, el día en que el alcalde lo incluyó en el orden del día.

Como consecuencia de ello, Ocampo convocó a la Comisión de Mesa y principalizó a uno de los ediles suplentes, con el fin de darle trámite a pedido de Benalcázar. Para los ediles es ilegal porque el burgomaestre no está en la capacidad de principalizar a los suplentes, aseguró García.
Sin embargo, Ocampo aseguró que el artículo 336 Cootad “determina que los concejales acusados deben excusarse de intervenir obligatoriamente. En tal virtud actúan los suplentes”.

En el artículo 336 se informa sobre el proceso de remoción y quienes reemplazarán a las autoridades en caso de que el pedido pase.
A más de cuestionar esa acción, los concejales convocaron a Benalcázar a una confesión judicial para el miércoles pasado. Sin embargo, no se pudo realizar porque el juez Alirio Rosales no estuvo presente para recibir la confesión, explicó Aguirre.

Además, los concejales aseguraron que presentarán una recusación en contra de lo actuado por el alcalde, “está parcializado, él quiere sacar a todos los concejales y no puede actuar por esa razón”.

El alcalde
En cambio, en contra del alcalde se presentó un pedido presentado por Agapito Cedeño, quien lo acusa de no haber creado la Empresa de Agua Potable y Alcantarillado, en el plazo dado por el Concejo. Tampoco se realizó el concurso de oposición y merecimientos solicitado por el Concejo, a todo el personal municipal.

Además, se le acusa de incluir en los roles de pago del municipio, a dos parientes suyos: Karla Guerrero y Pablo Vera, así como de cancelar los salarios de dos empleados de la radio Súper W como si fueran empleados municipales.

Ocampo aseguró que “los ciudadanos tienen el derecho exigir cuentas a sus representantes. Yo me someteré al periodo de prueba de acuerdo a lo que determina la Ley y de ahí se establecerá si el pedido tiene fundamento”. También desestimó las denuncias en su contra.

Procedimiento
Según el Cootad


El artículo 336 señala que la denuncia se entrega en la Secretaría del órgano legislativo. La Secretaría remitirá la denuncia a la Comisión de Mesa, para que la califique.

Luego se abre un período de pruebas de 10 días para que presenten las pruebas de cargo y descargo. Enseguida se abrirá un plazo de cinco días para exponer los argumentos.

El interesados puede interponer una acción correspondiente ante los organismos jurisdiccionales pertinentes.

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