Técnicos de Petroproducción consideran ilegal el contrato de servicios específicos con el que se entregó toda la operación del campo a Río Napo
EXPRESO
Siete técnicos de alto nivel de Petroproducción consideran que el contrato de servicios específicos por el que se transfirieron todos los bienes y las reservas petroleras del Campo Sacha rompe el esquema jurídico de contrataciones de Petroecuador y transgrede la Constitución.
Este es el campo petrolero más importante del país y fue entregado a la Empresa de Economía Mixta Río Napo, conformada en un 70% por Petroecuador y en un 30% por Petróleos de Venezuela (Pdvsa).
Los técnicos fueron parte de una comisión designada por el vicepresidente de la filial, capitán de navío Freddy García, el pasado 23 de junio, para elaborar un borrador de contrato tipo, sobre la operación de dicho campo.
En su trabajo identificaron vicios de legalidad en el borrador del contrato elaborado por la empresa de operaciones Río Napo y que fue firmado el pasado 3 de septiembre.
El criterio del grupo técnico fue unánime en el primer y único memorándum de trabajo, el 001-Comisión-2009, firmado el 6 de julio de este año.
La comisión consideró que Petroproducción no podía firmar directamente un contrato de servicios específicos basado en convenios derivados de alianzas estratégicas, ya que Río Napo no ha suscrito con Petroproducción un convenio de alianzas estratégicas y “no podía hacerlo por ser empresa privada; por lo cual no es aplicable la causal de contratación directa”.
El otro aspecto que pesó fue que el contrato “prevé el traspaso de infraestructura y operaciones de Petroproducción a la contratista.
La situación es incompatible con la naturaleza jurídica de un contrato de obras, bienes y servicios específicos; y, con la normativa que rige en el Sistema Petroecuador, contrariando la disposición del Art. 226 de la Constitución que señala: ‘Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras y los servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley…’”. Los miembros de la comisión fueron los ingenieros Kléver Peláez, Celio Vega, Susana Toapanta, José Luis Dávalos, Santiago Guerrón, Medardo Vargas y el teniente de Marina Pablo Negrete.
El criterio jurídico expuesto, sin embargo por dicha comisión, creada por el presidente de Petroproducción, nunca fue vinculante, por lo que sus conclusiones no se consideraron al momento de afinar el contrato y luego firmarlo.
¿Cuál fue entonces el motivo de crear una comisión que emitiría un informe que no sería considerado? Fuentes internas de Petroproducción señalan que las conclusiones responden a un criterio mayoritario de los técnicos sobre el traspaso del campo Sacha, y que era imperativo dejarlo por escrito a fin de evitar que en el futuro sean acusados de tomar decisiones equivocadas.
Pero pese a estas recomendaciones del informe, un día después de firmado el contrato se hizo el anuncio oficial de la entrega del campo a la nueva empresa ecuatoriano-venezolana. Acto al que no acudieron los miembros del alto mando de la Marina.
Río Napo fue creada como persona de derecho privado, al amparo del convenio de alianza estratégica suscrito entre Ecuador y Pdvsa, el pasado 25 de agosto de 2008, y en los próximos 60 días recibirá oficialmente el campo Sacha. (CZR)
Petroproducción adjudicó el campo en apenas 23 días
Desde el 11 de agosto de 2008, la Procuraduría del Estado respondió cuatro consultas jurídicas que dieron los argumentos para la firma del contrato con el que se traspasó el campo Sacha a la empresa Río Napo. Pero además se emitieron informes y memorandos internos de Petroproducción así como del Consejo de Administración de la Petrolera que terminaron en la firma del documento. Todos los trámites e informes se hicieron en un total de 23 días, para cumplir con los plazos de adjudicación.
El 6 de agosto de 2009, por ejemplo, Petroproducción presentó su propuesta incluyendo los documentos de soporte correspondientes. Se emite entonces el memo No.001-VPR-NCT-CEM-2009 que dispone la conformación de la comisión que analizó y evaluó la propuesta de Operaciones Río Napo. (Con ello se dejó de lado el criterio de la primera comisión constituida el 23 de julio y que emitió su criterio negativo el 6 de julio).
El 19 de agosto la comisión de contratación (técnico, económico y legal) presenta su informe al Vicepresidente de Petroproducción, y que fue sumillado y aprobado, este dispone seguir con el trámite correspondiente.
El 28 de agosto, mediante resolución 2009227 VPR-2009, el vicepresidente de Petroproducción adjudica el contrato y ese mismo día notifica la resolución tomada horas antes.
La cláusula 4 de ese cuerpo legal establece todas las definiciones que el contexto de ese contrato requiera. Una de esas definiciones es la de comodato, entendido como “préstamo de uso a título gratuito de todos los bienes ubicados en el Área de Actividad relacionados con el presente contrato, de propiedad de Petroproducción a favor de la contratista con cargo a restituir los mismos en los términos de la ley a la finalización del Contrato”.
La cláusula decimosexta del contrato, en cambio, complementa la situación del comodato y el traspaso de activos, facilidades e instalaciones. Allí se entregan “las instalaciones, activos y facilidades del campo Sacha, hasta la fecha del cese de sus operaciones, conforme a lo estipulado en el acta de entrega recepción. Para ello, el contrato prevé la firma de otros subcontratos, accesorios, de acuerdo con las necesidades. (CZR)
Cifras
Producción
El campo Sacha tiene 41 años de explotación, posee 151 pozos y produce 49. 780 barriles de crudo liviano (28 grados API) al día. El decrecimiento de producción es del 4% anual.
Reservas
El campo ubicado en la provincia de Orellana tiene reservas probadas por 491 millones de barriles y los técnicos estiman que podrían incorporarse 171 millones de barriles adicionales si se realizan importantes inversiones en procesos de prospección en los siguientes años.
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